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OMS declara emergencia sanitaria internacional por Viruela del mono
Escrita por Casanare NoticiasDurante este fin de semana la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró la emergencia sanitaria internacional por viruela del Mono.
En Casanare a la fecha no se han generado alertas ni se han reportado casos probables de esta enfermedad, por lo que desde la Secretaría de Salud Departamental se invita a la comunidad en general a que, si presenta alguno de los síntomas asociados a este virus, con el antecedente de viaje a zonas en donde se ha presentado casos y/o ha tenido contacto con casos confirmados, consulten inmediatamente a una institución de salud.
Los signos clínicos de la viruela símica suelen ser fiebre, erupción cutánea e inflamación de los ganglios linfáticos, y puede provocar una variedad de complicaciones médicas. Los síntomas duran entre 2 a 4 semanas.
Señala la Secretaría de Salud de Casanare que se encuentra implementando acciones de divulgación de la información y fortalecimiento del sistema para la vigilancia intensificada.
Con más de 16.000 casos de viruela símica reportados en 75 países del mundo desde principios de mayo de 2022, el Director General de la Organización Mundial de la Salud (OMS), doctor Tedros Adhanom Ghebreyesus, expresó: “tenemos un brote que se ha extendido por todo el mundo rápidamente, a través de nuevos modos de transmisión, sobre los que entendemos muy poco, y que cumple los criterios del Reglamento Sanitario Internacional".
Por su parte, Fernando Ruiz Gómez, ministro de Salud y Protección Social, explicó que la viruela símica es una enfermedad que hace más de 50 años está circulando en África, y recientemente, comenzó a presentarse en Europa y el continente americano.
“Es una enfermedad que se caracteriza por la presencia de unas lesiones en la piel, parecidas a la varicela, las cuales se presentan y duran aproximadamente de dos a tres semanas y que se viraliza por el contacto fundamentalmente, contacto con las lesiones, con fluidos y también se ha evidenciado por transmisión de tipo sexual”, indicó el ministro.
En cuanto a los casos reportados en Colombia, hasta el momento se tienen 11 confirmados, de los cuales 10 son importados, es decir su contagio se presentó fuera del país. Es una enfermedad de baja severidad y relativamente de bajo contagio comparada con el COVID 19.
En este momento Colombia se encuentra en fase de contención, que incluye la vigilancia intensificada con seguimiento de casos a nivel nacional.
Familias que perdieron cultivos en La hermosa recibieron ayudas humanitarias
Escrita por Casanare NoticiasA La Hermosa, población ubicada a más de 10 horas de Yopal, llegó la misión humanitaria de la Gobernación de Casanare para atender 45 familias afectadas por inundaciones del río Meta y el caño La Hermosa.
La travesía épica, en temporada de lluvias, hasta este corregimiento del municipio de Paz de Ariporo, conlleva el desplazamiento de 8 horas en vehículos 4x4 y unas 3 horas en falcas o bongos.
Con auxilios de primera necesidad, discriminados en colchonetas, hamacas, toldillos, cobijas, elementos de aseo, utensilios de cocina y mercados se atendieron a las familias campesinas damnificadas.
Los hogares con pérdidas en cultivos de maíz, plátano, yuca y pastos, en cabeza de la presidenta de la JAC Emma Villareal, agradecieron el trabajo realizado por hombres y mujeres de Gestión del Riesgo de la Gobernación de Casanare.
Intento de hurto ocasionó grave accidente en Yopal
Escrita por Casanare NoticiasUn intento de hurto registrado la noche de este martes 26 de julio en la transversal 15 con calle 37 ocasionó accidente múltiple, en el que se vieron involucrados un automóvil, un camión y una motocicleta.
De acuerdo con versiones de testigos, sujetos a bordo de una motocicleta habrían intentado atracar al conductor de una camioneta Mazda, quien al percatarse del hecho aceleró para tratar de escabullirse colisionando contra un camión tipo furgón que del fuerte impacto colisionó contra un árbol. El conductor del Mazda en esa maniobra también colisionó contra una mujer que se movilizaba en una motocicleta.
Tras el accidente dos personas resultaron lesionadas, se trata del conductor del camión y la motociclista quienes fueron trasladados a un centro médico de Yopal. Mientras que el conductor de la camioneta resultó ileso aunque si con graves afectaciones en su vehìculo.
Hombre asesinado a la altura de la vereda La Turùa
Escrita por Casanare NoticiasUna llamada alertó a los uniformados de la Estación de Policía de Aguazul sobre el sangriento hecho, por lo que se desplazaron al sitio al kilómetro 56 vía Aguazul- Tauramena, a la altura de la vereda La Turùa, hallando al hombre tendido a un costado de la vía con varios impactos por arma de fuego a la altura de la cabeza.
A la víctima quien fue identificada como Moisés Jaimes Páez, al parecer, la habrían abordado para robarle la motocicleta en la que se movilizaba, toda vez que cuando las autoridades llegaron al lugar de los hechos portaba casco de seguridad, pero no se observó la motocicleta cerca.
Se desconoce el autor de este nuevo homicidio, ya que se habría registrado sobre las 6 de la tarde de este martes en una zona oscura, y de acuerdo a versiones de personas quienes fueron las primeras en hallar el cuerpo sin vida, no presenciaron el hecho.
Se actualizan tarifas de servicios de acueducto, alcantarillado y aseo a aplicar desde julio en Támara
Escrita por Casanare NoticiasLa actualización de las tarifas de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo en Támara, a precios de junio de 2022, dio a conocer a sus usuarios EPTÁMARA Empresas Públicas de Támara S.A.S. E.S.P.
Melquisedec Rodríguez Cuadros, gerente de la entidad dijo que dicha actualización se realiza con base en lo indicado en la Resolución CRA 853 de 2018 y el Artículo 125 de la Ley 142 de 1994.
Reiteró el funcionario que, el valor final de la factura depende de la cantidad de m³ consumidos de agua potable, que en principio corresponden a la misma cantidad de m³ vertidos en el sistema de alcantarillado.
En cuanto a las tarifas de aseo, su valor final depende de la cantidad de kilogramos producidos de residuos sólidos, que se calcularán mensualmente, de acuerdo a la metodología vigente del ente regulador.
“Conforme a lo establecido en la Resolución 151 del 2001 y la Resolución 403 de 2006 emitidas por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico CRA, publicamos las tarifas de acueducto, alcantarillado y aseo actualizadas al mes de junio del año 2022, aplicables a todos nuestros usuarios”, concluyó el gerente de EPTÁMARA.
TARIFAS SERVICIO DE ACUEDUCTO | ||||||
ESTRATO / TIPO DE USO | JULIO | AGOSTO | SEPTIEMBRE | OCTUBRE | NOVIEMBRE | DICIEMBRE |
ESTRATO 1 BAJO-BAJO | ||||||
Cargo Fijo | $ 3.923,36 | $ 3.455,43 | $ 3.455,43 | $ 3.455,43 | $ 3.455,43 | $ 3.455,43 |
Consumo Básico | $ 504,10 | $ 504,10 | $ 504,10 | $ 504,10 | $ 504,10 | $ 504,10 |
Consumo Complementario | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 |
Consumo Suntuario | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 |
Tarifa plena(sin Medición) | $ 11.988,96 | $ 11.521,03 | $ 11.521,03 | $ 11.521,03 | $ 11.521,03 | $ 11.521,03 |
ESTRATO 2 BAJO | ||||||
Cargo Fijo | $ 7.846,72 | $ 6.910,85 | $ 6.910,85 | $ 6.910,85 | $ 6.910,85 | $ 6.910,85 |
Consumo Básico | $ 1.008,20 | $ 1.008,20 | $ 1.008,20 | $ 1.008,20 | $ 1.008,20 | $ 1.008,20 |
Consumo Complementario | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 |
Consumo Suntuario | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 |
Tarifa plena(sin Medición) | $ 23.977,92 | $ 23.042,05 | $ 23.042,05 | $ 23.042,05 | $ 23.042,05 | $ 23.042,05 |
ESTRATO 3 MEDIO-BAJO | ||||||
Cargo Fijo | $ 11.116,19 | $ 9.790,37 | $ 9.790,37 | $ 9.790,37 | $ 9.790,37 | $ 9.790,37 |
Consumo Básico | $ 1.428,28 | $ 1.428,28 | $ 1.428,28 | $ 1.428,28 | $ 1.428,28 | $ 1.428,28 |
Consumo Complementario | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 |
Consumo Suntuario | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 |
Tarifa plena(sin Medición) | $ 33.968,73 | $ 32.642,91 | $ 32.642,91 | $ 32.642,91 | $ 32.642,91 | $ 32.642,91 |
ESTRATO 4 MEDIO | ||||||
Cargo Fijo | $ 13.077,87 | $ 11.518,08 | $ 11.518,08 | $ 11.518,08 | $ 11.518,08 | $ 11.518,08 |
Consumo Básico | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 |
Consumo Complementario | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 |
Consumo Suntuario | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 |
Tarifa plena(sin Medición) | $ 39.963,21 | $ 38.403,42 | $ 38.403,42 | $ 38.403,42 | $ 38.403,42 | $ 38.403,42 |
SECTOR COMERCIAL | ||||||
Cargo Fijo | $ 19.616,81 | $ 17.277,13 | $ 17.277,13 | $ 17.277,13 | $ 17.277,13 | $ 17.277,13 |
Consumo | $ 2.520,50 | $ 2.520,50 | $ 2.520,50 | $ 2.520,50 | $ 2.520,50 | $ 2.520,50 |
Tarifa plena(sin Medición) | $ 59.944,81 | $ 57.605,13 | $ 57.605,13 | $ 57.605,13 | $ 57.605,13 | $ 57.605,13 |
SECTOR INDUSTRIAL | ||||||
Cargo Fijo | $ 17.001,23 | $ 14.973,51 | $ 14.973,51 | $ 14.973,51 | $ 14.973,51 | $ 14.973,51 |
Consumo | $ 2.184,43 | $ 2.184,43 | $ 2.184,43 | $ 2.184,43 | $ 2.184,43 | $ 2.184,43 |
Tarifa plena(sin Medición) | $ 51.952,17 | $ 49.924,45 | $ 49.924,45 | $ 49.924,45 | $ 49.924,45 | $ 49.924,45 |
SECTOR OFICIAL | ||||||
Cargo Fijo | $ 13.077,87 | $ 11.518,08 | $ 11.518,08 | $ 11.518,08 | $ 11.518,08 | $ 11.518,08 |
Consumo | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 | $ 1.680,33 |
Tarifa plena(sin Medición) | $ 39.963,21 | $ 38.403,42 | $ 38.403,42 | $ 38.403,42 | $ 38.403,42 | $ 38.403,42 |
TARIFAS SERVICIO DE ASEO PROYECTADAS | FACTORES DE SUBSIDIO Y CONTRIBUCIÓN | |||||
ESTRATO / TIPO DE USO | 2022 - 2023 | |||||
ESTRATO UNO | $ 7.607,13 | ESTRATO 1 | Subsidio | 70% | ||
ESTRATO DOS | $ 15.214,25 | ESTRATO 2 | Subsidio | 40% | ||
ESTRATO TRES | $ 21.553,53 | ESTRATO 3 | Subsidio | 15% | ||
ESTRATO CUATRO | $ 25.357,09 | ESTRATO 4 | 0 | |||
TFR PEQ. PROD. COMERCIAL | $ 38.035,64 | COMERCIAL | Contribución | 50% | ||
TFR PEQ. PROD. INDUSTRIAL | $ 38.035,64 | INDUSTRIAL | Contribución | 30% | ||
TFR PEQ. PROD. OFICIAL/ESPECIAL | $ 25.357,09 | OFICIAL | 0 | |||
TFR GRAN PRODUCTOR COMERCIAL M3 | $ 404.705,42 | |||||
TFR GRAN PRODUCTOR INDUSTRIAL M3 | $ 466.967,79 | |||||
TFR GRAN PRODUCTOR OFICIAL M3 | $ 311.311,86 | |||||
TFR INMUEBLES DESOCUPADOS | $ 6.816,39 |
TARIFAS SERVICIO DE ALCANTARILLADO | ||||||
ESTRATO / TIPO DE USO | JULIO | AGOSTO | SEPTIEMBRE | OCTUBRE | NOVIEMBRE | DICIEMBRE |
ESTRATO 1 BAJO-BAJO | ||||||
Cargo Fijo | $ 2.022,03 | $ 2.022,03 | $ 2.022,03 | $ 2.022,03 | $ 2.022,03 | $ 2.022,03 |
Consumo Básico | $ 407,09 | $ 407,09 | $ 407,09 | $ 407,09 | $ 407,09 | $ 407,09 |
Consumo Complementario | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 |
Consumo Suntuario | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 |
Tarifa plena(sin Medición) | $ 8.535,49 | $ 8.535,49 | $ 8.535,49 | $ 8.535,49 | $ 8.535,49 | $ 8.535,49 |
ESTRATO 2 BAJO | ||||||
Cargo Fijo | $ 4.044,07 | $ 4.044,07 | $ 4.044,07 | $ 4.044,07 | $ 4.044,07 | $ 4.044,07 |
Consumo Básico | $ 814,18 | $ 814,18 | $ 814,18 | $ 814,18 | $ 814,18 | $ 814,18 |
Consumo Complementario | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 |
Consumo Suntuario | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 |
Tarifa plena(sin Medición) | $17.070,98 | $17.070,98 | $ 17.070,98 | $ 17.070,98 | $ 17.070,98 | $ 17.070,98 |
ESTRATO 3 MEDIO-BAJO | ||||||
Cargo Fijo | $ 5.729,09 | $ 5.729,09 | $ 5.729,09 | $ 5.729,09 | $ 5.729,09 | $ 5.729,09 |
Consumo Básico | $ 1.153,42 | $ 1.153,42 | $ 1.153,42 | $ 1.153,42 | $ 1.153,42 | $ 1.153,42 |
Consumo Complementario | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 |
Consumo Suntuario | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 |
Tarifa plena(sin Medición) | $24.183,89 | $24.183,89 | $ 24.183,89 | $ 24.183,89 | $ 24.183,89 | $ 24.183,89 |
ESTRATO 4 MEDIO | ||||||
Cargo Fijo | $ 6.740,11 | $ 6.740,11 | $ 6.740,11 | $ 6.740,11 | $ 6.740,11 | $ 6.740,11 |
Consumo Básico | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 |
Consumo Complementario | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 |
Consumo Suntuario | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 |
Tarifa plena(sin Medición) | $28.451,63 | $28.451,63 | $ 28.451,63 | $ 28.451,63 | $ 28.451,63 | $ 28.451,63 |
SECTOR COMERCIAL | ||||||
Cargo Fijo | $10.110,17 | $10.110,17 | $ 10.110,17 | $ 10.110,17 | $ 10.110,17 | $ 10.110,17 |
Consumo | $ 2.035,46 | $ 2.035,46 | $ 2.035,46 | $ 2.035,46 | $ 2.035,46 | $ 2.035,46 |
Tarifa plena(sin Medición) | $42.677,45 | $42.677,45 | $ 42.677,45 | $ 42.677,45 | $ 42.677,45 | $ 42.677,45 |
SECTOR INDUSTRIAL | ||||||
Cargo Fijo | $ 8.762,14 | $ 8.762,14 | $ 8.762,14 | $ 8.762,14 | $ 8.762,14 | $ 8.762,14 |
Consumo | $ 1.764,06 | $ 1.764,06 | $ 1.764,06 | $ 1.764,06 | $ 1.764,06 | $ 1.764,06 |
Tarifa plena(sin Medición) | $36.987,12 | $36.987,12 | $ 36.987,12 | $ 36.987,12 | $ 36.987,12 | $ 36.987,12 |
SECTOR OFICIAL | ||||||
Cargo Fijo | $ 6.740,11 | $ 6.740,11 | $ 6.740,11 | $ 6.740,11 | $ 6.740,11 | $ 6.740,11 |
Consumo | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 | $ 1.356,97 |
Tarifa plena(sin Medición) | $28.451,63 | $28.451,63 | $ 28.451,63 | $ 28.451,63 | $ 28.451,63 | $ 28.451,63 |
COSTOS QUE COMPONEN LAS TARIFAS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | ||||||
COMPONENTES | UND. MEDIDA | ACUEDUCTO | ALCANTARILLADO | |||
COSTO MEDIO DE ADMINISTRACIÓN (CMA) | $/suscriptor | $ 13.077,87 | $ 6.740,11 | |||
COSTO MEDIO DE OPERACIÓN (CMO) | $/ M3 | $ 1.676,43 | $ 1.354,28 | |||
COSTO MEDIO DE INVERSIÓN (CMI) | $/ M3 | $ - | $ - | |||
COSTO MEDIO TASAS AMBIENTALES (CMT) | $/ M3 | $ 3,90 | $ 2,69 | |||
COSTOS QUE COMPONEN EL SERVICIO PUBLICO DE ASEO | ||||||
COSTOS ASEO | UND. MEDIDA | V/R COSTO | ULTIMA ACTUALIZACIÓN | |||
Costo de Comercialización (CCS) | $/suscriptor | 1.808,85 | jun-2022 | |||
Costo de barrido y limpieza de vías y áreas públicas (CBL) | $/suscriptor | 3.349,42 | jun-2022 | |||
Costo de Limpieza Urbana (CLUS) | $/suscriptor | 1.658,12 | jun-2022 | |||
Costo de Recolección y Transporte (CRT) Sin Tratamiento | $/Tonelada | 12.947,59 | jun-2022 | |||
Costo de Recolección y Transporte (CRT) Con Tratamiento | $/Tonelada | 731,40 | jun-2022 | |||
Costo de Disposición Fina y Tratamiento (CDT) | $/Tonelada | 3.152,96 | jun-2022 | |||
Costo Tratamiento (CT) | $/Tonelada | 1708,75 | jun-2022 | |||
Toneladas de Residuos No Aprovechables (TRN) | Kilos/Suscriptor | 51,18 | jun-2022 | |||
Toneladas de Residuos Aprovechables (TRN) | Kilos/Suscriptor | 9,71 | jun-2022 |
Más de 51 millones de pesos adeuda contratista en Tauramena, entre salarios a personal, proveedores y servicios públicos
Escrita por Casanare NoticiasPor el no pago de compromisos pactados trabajadores, proveedores y concejales de Tauramena denunciaron a la FUNDACIÓN FORMANDO EL CAMBIO y la empresa GYV SERVICIOS INTEGRALES COLOMBIA SAS, las cuales ejecutaron el convenio de asociación 025 del 24 noviembre de 2021 con la Alcaldia de Tauramena para “DESARROLLAR ACCIONES DE ATENCIÓN INTEGRAL A LOS ADULTOS MAYORES DEL MUNICIPIO DE TAURAMENA, por valor de $1.150.634.619 con fecha de terminación el 20 de mayo de 2022.
Según la concejal, Alcira Morales, los contratistas adeudan, el pago de salarios del personal del mes de mayo, pago a proveedores de bienes e insumos para la ejecución del convenio, y el pago de servicios públicos del funcionamientos del centro Día Casa Vida, Hogar de Paso y Paso Cusiana.
A 13 personas, entre manipuladoras de alimentos y servicios generales, se les adeuda cerca de 10 millones de pesos, mientras que a nueve profesionales, entre sicólogos, licenciados en Educación Física, enfermeras, geriatras, nutricionistas, y a la coordinadora general, se les debe cerca de 12 millones de pesos.
En cuanto a proveedores se les adeuda cerca de 28 millones de pesos a cuatro personas que suministraron entre otros alimentos, pollo, carne, verduras y agua, mientras que en servicios públicos la suma asciende a casi 2 millones de pesos. El Total, de saldo que debe FUNDACIÓN FORMANDO EL CAMBIO y la empresa GYV SERVICIOS INTEGRALES COLOMBIA SAS en Tauramena asciende a $ 51.513.663.
Las personas afectadas expresan que, le han realizado llamadas al señor Auder Javer Gutiérrez Jaramillo y al señor Fermín Duarte, representantes legales de la Fundación y la empresa, respectivamente, quienes no les contestan el teléfono y dejan los mensajes en visto.
"Solicitamos a los entes de control y administraciones a que inicien las investigaciones del caso, ya que están jugando con el bienestar de las familias taurameneras", dijo Diana Salamanca, una de las proveedoras afectadas.
“Se consultó a la supervisión del convenio de asociación No. 025, sobre el pago de salarios y demás y ellos manifiestan que a la fecha, el contratista no ha allegado ni radicado soportes de la ejecución del contrato desde el 01 de mayo al 20 de mayo de este año”, dijo Alcira Morales.
Reiteró la concejal que, el municipio aún le adeuda al contratista $ 105.539.965, dinero con el que podrían ponerse al día con los deudores, pero ni siquiera contestan el teléfono al supervisor.
Casanare en el primer lugar del país por acumulado de casos de dengue
Escrita por Casanare NoticiasEl incremento inusitado de casos de dengue que se registra en Casanare no es solamente en este departamento; según datos recientes del Instituto Nacional de Salud, Colombia registra un incremento del 108% en los casos notificados en el país por esta enfermedad, si se compara con los datos de 2021.
A la fecha, en Colombia se han notificado 34.017 casos, 16.202 (47,6%) sin signos de alarma, 17.185 (50,5%) con signos de alarma y 630 (1,9%) de dengue grave. Mientras que aunque las notificaciones en Casanare empezaron a disminuir a partir de la semana epidemiológica 22, el departamento aún se sitúa en el primer lugar del país, debido al número acumulado de casos de dengue que se han notificado hasta la fecha.
El número acumulado de casos notificados en Casanare es de 3.477; de estos, 1.918 (55%) corresponden a dengue sin signos de alarma, 1.524 (44%) con signos de alarma y 35 (1%) a dengue grave. De acuerdo con la Secretaría de Salud Departamental, Yopal es el municipio que mayor número de casos reporta al departamento (1.769) (50,8%), seguido de Aguazul (455) (13%), Orocué (199), Monterrey (187), Paz de Ariporo (166), Tauramena (148, y Maní (123).
Según el Sistema de Vigilancia Epidemiológica – SIVIGILA, se conoció que durante la semana 28, en el departamento se notificaron 66 casos nuevos de dengue, distribuidos en Yopal, Villanueva, Aguazul, Monterrey, Paz de Ariporo, Chámeza, Orocué, Sabanalarga, Tauramena, Trinidad, Maní y Hato Corozal.
Por su parte, el Instituto Nacional de Salud señala que “Casanare, Meta, Sucre, Bolívar, Cali, Cesar, Córdoba, Barranquilla, Norte de Santander, Antioquia y Tolima aportan el 66,0% (22.439) de los casos a nivel nacional”.
Hasta la semana 28, en toda Colombia se han notificado 125 muertes probables por dengue de las que se han confirmado 20 decesos procedentes de: La Guajira con 4 casos, Cesar con 3 casos; Atlántico, Córdoba y Santander con 2 casos cada uno; Cali, Casanare, Magdalena, Meta, Norte de Santander, Putumayo y en el exterior con un caso.
Ante esta situación, las autoridades de salud de Casanare recomiendan a las administraciones municipales continuar con las jornadas de recolección de inservibles, limpieza de áreas de uso público como, zonas deportivas y canales que atraviesen el área urbana, entre otras.
También en las instituciones especialmente las educativas, tener implementados sus planes de control de vectores, y a la comunidad en general, mantener y extremar las medidas de prevención como el lavado y cepillado semanal de tanques de agua, cambio frecuente de agua de recipientes como bebederos de animales, floreros, eliminación de criaderos de mosquitos en sus patios, limpieza de lotes baldíos y disposición adecuada de llantas.
Los casos de covid-19 siguen aumentando en Casanare
Escrita por Casanare NoticiasEn Casanare los números siguen aumentando, en el más reciente informe de cifras reportado por la Secretaría de Salud Departamental, se registraron 132 nuevos contagios y 2 fallecimientos, dando como total 42.332 casos desde el inicio de la pandemia y 1.012 defunciones.
La Secretaría de Salud Departamental junto a la Secretaría de Educación, expidieron la circular conjunta 0269 con el fin de exhortar a toda la comunidad educativa para que sigan promoviendo y usando el uso del tapabocas y las demás medidas de bioseguridad dentro de cada una de las instituciones.
Ante la preocupación que genera la presencia del quinto pico por esta enfermedad, las medidas de autocuidado son claves para detener su avance. Por eso las autoridades de salud recuerdan que es necesario la vacunación con esquemas completos: según edad y farmacéutica a la que pertenezca el biológico.
Lavado de manos, en la que se debe tener en cuenta el uso del alcohol glicerinado mínimo al 60% máximo 95% cuando las manos estén visiblemente limpias y disponerlo en lugares de acceso fácil y frecuente por parte de las personas usuarias y trabajadoras de cada sector.
Distanciamiento físico: Tanto en espacios cerrados como abiertos, públicos o privados, se debe garantizar el distanciamiento físico de las personas, especialmente a aquellas que presenten comorbilidades o se encuentren dentro de los grupos poblacionales en riesgo. Para esto todos los establecimientos deben seguir implementando estrategias para reducir las aglomeraciones.
Uso de tapabocas: Es obligatorio el uso de tapabocas en personas mayores de 2 años en las instituciones de salud, hogares geriátricos, en el transporte público, estaciones de transporte masivo, los terminales de transporte aéreo, terrestre, marítimo y fluvial, sin importar el avance de la vacunación y debería usarse de manera permanente el tapabocas quirúrgico en personas con comorbilidades que generen inmunosupresión en especial trasplantes, Cáncer, entre otras, con cuadros respiratorios, así como en no vacunadas y cuando se visitan niños recién nacidos, adultos mayores y personas con comorbilidades.
También será exigible el uso del tapabocas en los lugares cerrados de las áreas metropolitanas, zonas conurbanas definidas en cada departamento y en los municipios, con una cobertura de vacunación con esquema completo menor al 70%, y una cobertura en dosis de refuerzo menor al 40%.
Ventilación adecuada: Se deben mantener puertas y ventanas abiertas para lograr el ingreso del aire natural; en lugares cerrados es necesario mantener abiertas las puertas y ventanas. En lo posible acceder a lugares al aire libre, terrazas, patios abiertos o jardines.
Medidas para el ingreso al país por vía aérea para el transporte de pasajeros, tripulantes y carga.
Los viajeros connacionales o extranjeros de 18 años y más deben presentar el certificado o carné de vacunación con esquema completo, teniendo un mínimo de 14 días desde la fecha que se completó el esquema o una prueba PCR con resultado negativo, expedido con una antelación no mayor de 72 horas o una prueba de antígenos con resultado negativo, expedido con una antelación no mayor de 48 horas, antes de la fecha y hora de embarque inicialmente programada. Para efecto del cumplimiento del inciso anterior, las vacunas serán aquellas autorizadas por la Organización Mundial de la Salud o aquellas oficialmente aprobadas por un país o territorio reconocido por las Naciones Unidas, las cuales pueden ser consultadas en https://covid-19pharmacoviqilance.paho.orú/ o en https://www.mi
Recuerde: No viajar si presenta síntomas asociados con COVID-19, si estuvo en contacto estrecho con un caso positivo o si ha sido diagnosticado positivo para COVID-19 en los últimos catorce (14) días. Utilizar el tapabocas o mascarilla, de manera adecuada, tapando nariz y boca. Se recomienda el uso de tapabocas tipo N95 para las personas de 60 años y más, o aquellas con comorbilidades, ya que tiene mayor vulnerabilidad de presentar cuadros graves.
Joven muere en confusos hechos durante procedimiento policial. Dos jóvenes más resultaron lesionados.
Escrita por Casanare NoticiasComo Jefferson Montañez Gómez, fue identificado el joven que resultó muerto la noche anterior, durante un procedimiento policial realizado en el barrio María Milena de Yopal, y en donde además resultaron heridos sus hermanos Cristian y Carol Viviana.
Lo que hasta el momento se ha podido conocer es que la comunidad habría alertado a la Policía sobre una riña en el sector, por lo que los uniformados llegaron al lugar de los hechos a verificar la situación.
Según información preliminar, los jóvenes hermanos se encontraban consumiendo bebidas alcohólicas en un establecimiento y portaban un machete, cuando llegaron los policías y les pidieron un registro, los ánimos se caldearon, en ese momento uno de los jóvenes habría reaccionado generándose la gresca, que llevó a los policías a disparar ocasionando la tragedia.
Por ahora, la Policía del Departamento de Casanare no ha entregado versión oficial por lo que se está a la espera de un pronunciamiento de estos hechos que enlutan a una familia de Yopal.
Una mujer indígena fue encontrada sin vida este lunes 25 de julio en sector aledaño a la Iglesia de Dios de Yopal
Escrita por Casanare NoticiasLa tarde de este lunes algunos habitantes del barrio Vencedores, reportaron a las autoridades el hallazgo de un cuerpo sin vida de una mujer en la transversal 11 con calle 19 en inmediaciones a la Iglesia Ministerial de Jesucristo.
La mujer fue identificada como María Esperanza Cuenza, por un grupo de indígenas que la acompañaban, entre ellos cuatro niños y tres adultos mayores, quienes relataron que eran oriundos del departamento de Arauca.
Segùn algunos vecinos del sector, la mujer indígena permaneció en el piso en la zona verde desde tempranas horas de la mañana, por lo que llamó la atención de los ciudadanos quienes decidieron dar aviso a la Policía.
Relataron que el grupo de indígenas son desplazados del departamento de Arauca, y que a diario deambulan por diferentes calles de Yopal, pero que la mayor parte del tiempo la habitan en la Iglesia Ministerial de Jesucristo donde también duermen.
Contó además la comunidad, que los indígenas permanecen en estado de alicoramiento y que incluso se han generado discusiones entre ellos mismos, situación que ya venía ocasionando malestar entre los vecinos de sectores aledaños a la Iglesia.
Las autoridades arribaron al lugar para realizar el levantamiento del cadáver, y aunque se trataría de una muerte natural, será Medicina Legal quien determine las causas de su fallecimiento.
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700 mujeres de Casanare recibirán unidades productivas
Escrita por Casanare NoticiasMás de 8.700 millones de pesos del SGR dispuso la Administración Departamental para el proyecto de 'Unidades productivas para mujeres en situación de vulnerabilidad en Casanare'.
Actualmente, la Secretaría de Integración, Desarrollo Social y Mujer, viene realizando talleres de emprenderismo, sensibilidad social, finanzas y talleres técnicos en estética, patronaje y confección, preparación y comercialización de alimentos, transformación de materias primas alimenticias, papelería, decoración, detalles de ocasiones especiales y artesanías a mujeres de los diferentes municipios. Culminado el ciclo de formación integral, se iniciará a la entrega de cada una de las unidades productivas según cronograma.
"La independencia financiera es una forma de empoderar a las mujeres que más lo necesitan en los 19 municipios a través de la Secretaría de la Mujer", afirmó la jefe de la cartera Julieth Parra.
Cabe resaltar que esta iniciativa fue postulada al reconocimiento nacional Regalías Bien Invertidas de Colombia Líder.
JEP imputa a 22 miembros del Ejército, y un exfuncionario del DAS por 303 falsos positivos en Casanare
Escrita por Casanare NoticiasEn la Brigada XVI se implantó una organización criminal compleja que se valió de la arquitectura institucional del Ejército para presentar asesinatos y desapariciones forzadas como bajas en combate en Casanare entre 2005 y 2008. Así lo determinó la Sala de Reconocimiento de la JEP en su más reciente decisión, en la que estableció que bajo la comandancia del mayor general (r) Henry William Torres Escalante se incrementó la presentación artificial de resultados operacionales en esta región del oriente del país.
A través del tercer auto de determinación de hechos y conductas que emite la JEP, dentro del caso 03 que investiga ‘falsos positivos’, se describe en detalle la masividad de una conducta que permeó la Brigada XVI, en todos sus niveles, para llevar a cabo ataques organizados y a gran escala con la intención de asesinar personas indefensas que eran presentadas como bajas en combate.
Precisamente, en el expediente se documentó cómo haciendo uso de su estructura, la conformación con militares que conocían la práctica y una mayor afluencia de recursos para pagos de información con recursos públicos, el Gaula Casanare, que tenía alrededor de 70 personas, logró similares resultados consistentes en asesinatos a los obtenidos por el Batallón de Infantería No. 44 Ramón Nonato Pérez (Birno) conformado por más de 1.000 hombres.
En su mayoría las víctimas fueron hombres entre los 18 y 25 años. Sin embargo, en el subcaso Casanare la JEP acopió información sobre el asesinato de nueve mujeres, una de ellas en estado de embarazo, dos que se desempeñaban como trabajadoras sexuales y un joven con orientación sexual diversa; es por ello que por primera vez la JEP imputa el crimen de lesa humanidad de persecución por razones de género. También por primera vez la JEP imputa el crimen de guerra de utilización de niños, niñas y adolescentes por involucrar menores de 18 años como reclutadores o personas encargadas de participar en el engaño que condujo a la muerte a algunas de las víctimas.
¿Quiénes son los imputados?
La Sala de Reconocimiento de la JEP dentro del subcaso Casanare, a través del auto 055, les imputó crímenes de guerra y de lesa humanidad a 22 miembros del Ejército, un funcionario del extinto DAS y a dos civiles reclutadores, por los asesinatos y desapariciones forzadas presentadas falsamente como bajas en combate por la Brigada XVI entre 2005 y 2008. Estos crímenes constituyeron casi dos terceras partes de los resultados que reportó esa unidad militar en la época.
Por su participación en el asesinato de 303 personas en 218 eventos ocurridos en Casanare, algunos municipios de Boyacá, Meta y en Tame (Arauca), la JEP llama a reconocer responsabilidad a 22 máximos responsables y a tres partícipes no determinantes. Entre ellos, un mayor general, 2 coroneles, 3 tenientes coroneles, y otros 10 oficiales, además de 6 suboficiales. En su mayoría se trata de exintegrantes de la Brigada XVI que hicieron parte del Gaula Casanare, del Birno y de los Batallones de Contraguerrillas 23, 29 y 65, el DAS, además de dos terceros civiles.
En calidad de autores mediatos fueron imputados el mayor general (r) Henry William Torres Escalante, el mayor (r) Gustavo Enrique Soto Bracamonte, el teniente coronel (r) Germán Alberto León Durán y el teniente coronel (r) Henry Hernán Acosta Pardo. Estos deberán responder por los crímenes que se cometieron a través de los aparatos criminales enquistados en la Brigada XVI sobre los que ejercieron poder de mando.
A título de coautores fueron imputados quienes realizaron aportes esenciales dentro de los respectivos subaparatos criminales a los que pertenecían, a partir de una división de funciones. Estos son el detective (r) del extinto DAS, Orlando Rivas Tovar; el teniente (r) Marco Fabián García Céspedes; el coronel (r) Wilson Camargo Tamayo; el capitán (r) Jaime Alberto Rivera Mahecha; el teniente (r) Edwin Leonardo Toro Ramírez; el teniente (r) Jhon Alexánder Suancha Florián; el cabo primero (r) Gélver Pérez García y el teniente coronel (r) Marcolino Puerto Jiménez.
Bajo esta misma figura fueron imputados el capitán (r) César Augusto Cómbita Eslava; el capitán Miguel Andrés Sierra García; el mayor (r) Jorge Eduwin Gordillo Benítez; el mayor (r) Erwin Eduardo Duarte Rojas; el cabo segundo (r) Leandro Eliécer Moná Cano; el sargento primero (r) Wilfrido Domínguez Márquez; el sargento segundo (r) Wilson Salvador Burgos Jiménez; el sargento primero (r) Gildardo Antonio Jiménez Castrillón y dos civiles que cumplieron el rol de reclutadores: Wilson Rodríguez Mimisica y Miguel Fernando Ramírez.
Otros responsables que para la Sala de Reconocimiento no detentan la máxima responsabilidad frente a los hechos investigados dentro del caso 03: asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes de Estado, pero que a juicio de la magistratura deben ser llamados a reconocer responsabilidad en calidad de coautores son el coronel (r) Cipriano Peña Chivatá, el teniente (r) Zamir Humberto Casallas Valderrama y el sargento segundo Faiber Alberto Amaya Ruiz.
¿Cuáles son los crímenes imputados?
Con base en la Constitución Política y la jurisprudencia de la Corte Constitucional, los crímenes descritos fueron calificados a partir del Código Penal Colombiano, el derecho internacional de los derechos humanos, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional, incluyendo el Estatuto de Roma. La Sala de Reconocimiento de la JEP calificó los asesinatos y desapariciones forzadas como crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra. El Estado colombiano tiene la obligación de investigarlos, juzgarlos y sancionarlos.
Tras un proceso de contrastación judicial dentro del subcaso Casanare, una de las seis zonas priorizadas dentro del caso 03, la JEP determinó que los imputados hicieron parte de una organización criminal que se conformó dentro de la Brigada XVI. Sus integrantes se separaron de las normas constitucionales y reglamentarias de las operaciones militares y llevaron a cabo ataques organizados y a gran escala que tenían la intención de asesinar personas indefensas que eran presentadas como bajas en combate.
En su mayoría, las víctimas eran miembros de la población civil que nunca habían participado en las hostilidades y, aunque algunas fueron señaladas de ser guerrilleros, milicianos, auxiliadores de la guerrilla y, en algunos casos concretos, delincuentes o paramilitares, en el momento en que los asesinaron no participaban en combate alguno y tampoco existía información verídica que probara que habían perdido la protección que el derecho internacional humanitario otorga a los civiles en contextos de conflicto armado.
Los 22 máximos responsables tuvieron un rol esencial y determinante en la configuración del patrón criminal y participaron en conductas especialmente graves y representativas, sin las cuales no se hubiera desarrollado y perpetuado el plan criminal. Por su parte, los tres partícipes no determinantes contribuyeron, aunque de manera no esencial, en el desarrollo del patrón y del plan criminal. A todos ellos, la Sala de Reconocimiento les atribuye crímenes de guerra de homicidio en persona protegida, y crímenes de lesa humanidad de asesinato y desaparición forzada. A algunos, la Sala les atribuye crímenes de guerra de utilización de niños, niñas y adolescentes para participar en las hostilidades, y el crimen de lesa humanidad de persecución por razones de género.
Para la JEP “existen bases suficientes para entender que la conducta existió, que la persona participó y que la conducta pertenece a tipos penales no amnistiables”. Además, la Sala determinó que los responsables seguían una misma línea de conducta promovida por la comandancia de la Brigada XVI. No se trataba de hechos aislados o cometidos de manera espontánea. Entre las víctimas documentadas en el subcaso Casanare, hay nueve mujeres y una persona con orientación sexual e identidad o expresión de género diversa que experimentaron formas específicas de violencia y crueldad, por situaciones particulares de vulnerabilidad y por prejuicios sociales que las convirtieron en blanco de los crímenes.
Además de los asesinatos y desapariciones, la JEP determinó que tres niños, niñas y adolescentes fueron utilizados para participar en las hostilidades, y que la persona con orientación sexual fue víctima de un crimen de lesa humanidad de persecución por razones de género. Si bien estos dos últimos casos descritos no son conductas ilustrativas del patrón criminal, la JEP considera que la especial vulnerabilidad de las víctimas y las graves circunstancias en las que se dieron los hechos ameritan la subsunción en los tipos penales correspondientes y su imputación como coautores a los responsables.
Metodología del caso 03
Con esta decisión judicial se conoce la tercera imputación asociada con los seis territorios priorizados dentro del Caso 03: Costa Caribe, Norte de Santander, Antioquia, Huila y Meta. Esta es el primer auto de determinación de hechos y conductas que se relaciona con el subcaso Casanare. Las imputaciones formuladas por la Sala son el resultado de la contrastación judicial y el análisis de todo el acervo probatorio:
8 informes aportados por entidades estatales como Fiscalía y Procuraduría, además de organizaciones de víctimas y defensoras de derechos humanos.
106 versiones de comparecientes (desde soldados hasta generales, incluyendo terceros civiles que colaboraron con las unidades militares).
Las observaciones de las víctimas y de la Procuraduría a las versiones en informes escritos y en audiencias públicas.
Las inspecciones judiciales a 48 procesos de la Jurisdicción Penal Ordinaria y 224 de la Justicia Penal Militar, adicionales a los expedientes que la Sala ha recibido por parte de la jurisdicción ordinaria.
Un patrón y tres modalidades
Numerosos comparecientes de la Brigada XVI —de diferentes rangos y funciones— identificaron ante la JEP que las bajas en combate eran un indicador del éxito militar. Precisamente, el proceso de contrastación judicial permitió determinar que se trató de asesinatos y desapariciones forzadas ocurridas dentro de un plan criminal articulado por objetivos, recursos, roles y modos de operación que estuvo orientado a la consolidación territorial y a mostrar avances en la guerra en contra de las guerrillas y las distintas formas de criminalidad de la región. Para lograrlo, se valieron de la estructura, funciones, recursos y dependencias de la unidad militar y, en el subcaso Casanare en particular, también del extinto DAS quien usó como instrumentos a los grupos especiales.
La Sala identificó dos políticas que llevaron a la configuración del patrón criminal de asesinatos y desapariciones presentadas como bajas en combate por integrantes de la Brigada XVI. La primera, vinculada a la voluntad de aniquilar a la población estigmatizada o a personas desmovilizadas y en proceso de reinserción por supuesta vinculación a grupos insurgentes o a la criminalidad. La segunda política correspondió a un complejo dispositivo de presiones y, especialmente, de incentivos que fueron otorgados a integrantes de la organización criminal. Entre otros, los efectivos de la Brigada XVI recibieron permisos, comidas especiales, planes vacacionales, cursos de formación en el exterior o el traslado al Batallón Colombia N°3 en el Sinaí y reconocimientos para contar con las condiciones necesarias para el ascenso.
En cada una de las unidades militares de la Brigada XVI: Gaula Casanare, el Birno, los batallones de contraguerrillas 23, 29 y 65, los grupos especiales Delta, la Fuerza de Tarea Oro Negro y el Grupo Guías del Casanare, se desarrolló una clara distribución de funciones que configuró las modalidades del patrón criminal. Como complemento de los hallazgos reportados en Norte de Santander y la Costa Caribe, en este subcaso la JEP registró con profundidad, a partir de las conductas relatadas por miembros de planas mayores, comandantes de pelotones y la tropa, cómo la organización criminal estaba constituida por suborganizaciones de menor dimensión.
El Gaula Casanare, por ejemplo, se caracterizó por presentar supuestos extorsionistas como bajas en falsos combates. Sus integrantes, además, se valieron de los engaños y del uso de reclutadores civiles para extraer a las víctimas y cometer el ilícito. Por su parte, los grupos Delta y el Grupo Guías presentaron como bajas en combate a personas señaladas como colaboradoras de la guerrilla y el Birno seleccionó entre sus víctimas a personas en situación de vulnerabilidad.
Al menos tres modalidades que configuraron el patrón criminal fueron documentadas por las Sala: en la primera, los efectivos de la brigada asesinaron a personas aprehendidas o puestas fuera de combate en medio de operaciones inicialmente legales. En la segunda, las víctimas fueron señaladas, a partir de distintas labores de inteligencia y posteriormente ejecutadas. En la tercera, los miembros de las unidades militares, en coordinación con reclutadores, que servían como informantes, asesinaron a personas engañadas que fueron trasladadas desde zonas urbanas.
Por primera vez la JEP revela cómo alrededor de 367 personas, entre militares, miembros del DAS y terceros civiles habrían conformado la organización criminal y participado en la planeación, ejecución y encubrimiento de los crímenes. Los miembros del extinto DAS participaron en la producción de información de inteligencia para darle apariencia de legalidad a las actuaciones y en la ejecución de los hechos. En varios casos incluso asesinaron a las víctimas.
Recursos públicos del Ejército y fondelibertad fueron usados en la comisión de ´falsos positivos
En el subcaso Casanare la Sala también pudo ahondar y establecer que los recursos de los contribuyentes, así como los recursos entregados a las unidades por convenios con las petroleras, fueron destinados de manera irregular para la comisión de los crímenes. No solo los recursos de funcionamiento de las unidades sino también los destinados a planes de moral y bienestar, incentivos institucionales al buen desempeño y los mecanismos de evaluación, seguimiento y control, terminaron fomentando la producción de falsos resultados.
Especial mención merece el manejo de los recursos al interior del Gaula Casanare que no los orientó a la lucha antiextorsión y antisecuestro, sino que destinó el dinero a financiar el reclutamiento, asesinato y posterior encubrimiento de las muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate. Esto permitió a una tropa de no más de 70 integrantes competir en el número de resultados con un Batallón de Infantería como el Birno, con el que se disputó siempre el lugar.
Quien fuera comandante del Gaula entre 2006 y 2007 confesó ante la Sala de Reconocimiento de la JEP que los recursos provenientes de la Dirección Nacional del Gaula y de Fondelibertad fueron destinados para financiar a los reclutadores, darles dinero para su desplazamiento y comprar armas para implantar a las víctimas. Solo en esta unidad, al menos 140 millones de pesos, correspondientes a recursos de gastos reservados, fueron utilizados con este fin. Según dijo, cuando no había dinero, pedían prestados los insumos que necesitaban para legalizar las bajas en una ferretería y ajustaban cuando llegaban los nuevos recursos.
¿Cómo operaban los máximos responsables?
La organización criminal que operó dentro de la Brigada XVI y que fue dirigida por su comandancia funcionó en forma de red. Las suborganizaciones actuaban con autonomía, distribución de funciones y para lo estrictamente necesario; y esto generó una compartimentación de la información que resultó esencial para normalizar las distintas tareas. La estructura criminal se caracterizó por ser flexible y dinámica ante sus necesidades y los cambios institucionales, lo que facilitó la comisión de crímenes a partir de las distintas modalidades.
La información analizada por la Sala indica que se consolidó un sistema de roles asignados en función de la especialidad de los efectivos. A la hora de seleccionar a las víctimas se emplearon diferentes mecanismos: el engaño o la retención de personas con antecedentes o anteriormente vinculadas a grupos criminales, o que eran familiares de integrantes de estas organizaciones, o víctimas sin ningún tipo de relación con grupos ilegales o en estado de vulnerabilidad, como sucedió con el asesinato de una trabajadora sexual.
Entre los crímenes documentados hay víctimas asesinadas en situación de total indefensión. ¿La razón? Los reclutadores las incentivaban a beber alcohol o consumir estupefacientes. También porque se seleccionaban perfiles específicos como ancianos, personas con deficiencias cognitivas o en búsqueda de oportunidades. Bajo estas circunstancias, no medió resistencia de las víctimas que eran llevadas al lugar de su ejecución. La Sala también encontró prácticas de violencia extrema que reflejan situaciones de malos tratos previos a los asesinatos.
La información documentada indica que los crímenes se dieron por: 1) presiones a todo nivel a través de los programas radiales, actas de compromiso, etc., 2) amenazas dirigidas a quienes se negaban a participar en los hechos, e 3) incentivos, como permisos, distintos recursos de los planes de bienestar y la pertenencia a unidades élites como los grupos especiales Delta o el Gaula. Sus integrantes, motivados por cumplir con demandas de sus superiores, conservar su posición en el Ejército, acceder a recursos y acceder a descansos, se acoplaron a la organización.
Asimismo, para encubrir las conductas criminales: 1) los documentos operacionales eran elaborados con posterioridad a los hechos e incluían información que le daba un manto de legalidad, 2) las víctimas eran reportadas como no identificadas para obstaculizar la judicialización, 3) los cadáveres eran trasladados por los militares sin presencia de la policía judicial lo que impedía una adecuada investigación y 4) las víctimas eran equipadas con armas, munición y prendas para hacerlas pasar como combatientes, los efectivos denominaban a estos implementos el “kit de legalización”.
Asimismo, las muertes estuvieron acompañadas de la simulación de combates dirigidos a encubrir la conducta, y bajo el concepto de “guerra jurídica”, el estado mayor de la Brigada XVI evitó las investigaciones ante las múltiples denuncias presentadas por la población civil y las autoridades. La JEP, además, concluyó que la Justicia Penal Militar no investigó adecuadamente estas muertes y que así contribuyó a la perpetuación de la conducta que venía siendo replicada. La impunidad percibida por los responsables en la Justicia Penal Militar permitió que la organización criminal siguiera funcionando con libertad a lo largo del periodo analizado.
Los daños sufridos por las víctimas
A causa de la desaparición y muerte de sus seres queridos, las víctimas se enfrentaron a daños morales, psicológicos y físicos, toda vez que sufrieron de depresión, ansiedad, alucinaciones con sus familiares e incluso intenciones suicidas. Sufrieron múltiples afectaciones que, además, pasan por rupturas de sus relaciones familiares, incertidumbre, angustia, estigmatización, revictimización, amenazas, hostigamientos y afectaciones al patrimonio familiar, entre otros.
La JEP evidenció una afectación específica en las mujeres. Muchas de ellas debieron modificar sus proyectos de vida para “hacer de madre y padre”. Igualmente, sufrieron daños a la honra, buen nombre y dignidad de sus seres queridos que fueron presentados al país como guerrilleros, milicianos o delincuentes muertos en combate. Incluso hubo un ensañamiento con familias específicas porque varios de sus integrantes fueron asesinados o desaparecidos. Esto causó profundas rupturas en los núcleos familiares y el desplazamiento de todos o de algunos de sus integrantes.
Respecto a los asesinatos de adolescentes, la Sala concluyó que son una muestra clara de la afectación que ha implicado el conflicto para los derechos de la niñez. También determinó que la deliberada manipulación o instrumentalización de personas vulnerables, por sus condiciones socioeconómicas o por discapacidades cognitivas, ayudó a consolidar la idea de que las personas en estas condiciones son prescindibles en la sociedad, una constante que ha llevado a perpetuar conductas de marginación que imposibilitan el reconocimiento de la diversidad.
Adicionalmente, a los familiares de las víctimas se les generaron daños materiales relacionados con la pérdida o disminución del patrimonio familiar, a raíz de la ausencia de la contribución económica que las víctimas asesinadas realizaban al mantenimiento del hogar: los hijos eran los proveedores o eran ya padres y quienes daban recursos al hogar. También hubo una afectación a la seguridad alimentaria y subsistencia de familias campesinas que dependían de la fuerza de trabajo de sus integrantes.
¿Qué sigue?
Tras ser notificados, los imputados tienen 30 días hábiles para reconocer los hechos y su responsabilidad o, por el contrario, rechazarlos. Igualmente, pueden reaccionar, aportando argumentos o evidencia adicional. Las víctimas acreditadas y el Ministerio Público tienen el mismo tiempo para reaccionar frente a lo descrito en el auto.
Una vez venza el plazo, la JEP decidirá si fija una fecha para una audiencia pública de reconocimiento como las que se han celebrado dentro de los subcasos Norte de Santander y Costa Caribe.
Si los comparecientes niegan su responsabilidad, se remitirá el caso a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP. De ser vencidos en juicio podrían ser condenados con una pena de 20 años de prisión.
Superintendencia multó a Arroz Roa Flor Huila por incumplimiento de instrucciones y obstruir visita a las instalaciones de la planta de Villanueva, Casanare
Escrita por Casanare NoticiasLa Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a la organización Roa – Flor Huila (ORF) y a tres personas naturales con multas por $20.514.597.205 (veinte mil quinientos catorce millones quinientos noventa y siete mil doscientos cinco pesos), por incumplir instrucciones y requerimientos de información y obstruir la visita administrativa realizada por esta Autoridad en las instalaciones de su planta en el municipio de Villanueva, Casanare.
Las multas impuestas fueron a las siguientes personas: Pedro Pablo Peña Mendoza, gerente de la planta Villanueva de ORF), Lucy Gallo Losada, gerente administrativa y financiera de ORF, y Ángel Leonardo Riveros Figueredo, jefe de la planta Villanueva de ORF.
Segùn la Superintendencia de Industria y Comercio, al interior de ORF hubo direccionamientos a través de instrucciones y directrices impartidas a los empleados de la empresa, para incumplir las órdenes y requerimientos de información efectuados por la Autoridad durante la visita administrativa.
Concretamente la compañía habría incumplido el requerimiento de suministrar la información de los correos electrónicos institucionales asignados dentro de la empresa al jefe y al gerente de la planta de Villanueva de ORF para el desarrollo de las funciones a su cargo, obstaculizando así el desarrollo de la actuación administrativa adelantada por esta Autoridad. Para conseguir obstruir la visita, la compañía adujo circunstancias tales como que la información no podía ser suministrada sin la autorización de sus superiores, o que era necesario un requerimiento por escrito por parte de la Superintendencia dirigido a la gerencia de ORF.
SIC señala que quedò demostrado que la renuencia de la compañía también provino de instrucciones impartidas por la gerente administrativa y financiera de ORF desde la sede administrativa de la empresa en Bogotá. Estas situaciones obstaculizaron injustificadamente el ejercicio de las funciones de la Autoridad, y obstruyeron la actuación administrativa que se adelantaba.
En el transcurso de la visita, ORF también negó la entrega de documentos e información de la empresa solicitada por los funcionarios de la SIC, aduciendo nuevamente que la misma debería solicitarse por escrito y sería entregada días después.
Cuando la Superintendencia de Industria y Comercio ponía de presente a los ejecutivos y trabajadores de ORF las funciones y facultades que tenía en el marco de la visita administrativa, así como de las consecuencias legales del incumplimiento a las órdenes y requerimientos de la Autoridad, estos manifestaron que se encontraban cumpliendo directrices e instrucciones impartidas al interior de la empresa.
Contra la decisión procede el recurso de reposición.
Desde hoy, atención 100% presencial a víctimas de Yopal
Escrita por Casanare NoticiasEl Punto de Atención a Víctimas ubicado en la ciudad de Yopal, que venía prestando servicio en modalidad mixta, desde hoy lunes 25 de julio reabre presencialmente 100% a la población víctima del conflicto de este municipio y zonas aledañas.
Sus instalaciones siguen ubicadas en la misma dirección: calle 21 No. 23- 08 del barrio Bicentenario, en horario de lunes a viernes de 7: 00 a.m. a 12: 30 m. y de 2: 00 p.m. a 4: 00 p.m. con agendamiento previo en el número de celular 323 226 6939.
Igualmente, las víctimas de áreas rurales o zonas más alejadas, luego de realizar el respectivo agendamiento por la línea telefónica, podrán acceder a la atención en línea de lunes a viernes en el horario de 4:00 p.m. a 5: 00 p.m.
Sobre este particular Carlos Arturo Pardo Alezones, director territorial en Meta y Llanos, expresó: “Luego de un ejercicio de revisión y articulación con la Alcaldía de Yopal se llegó a esta decisión que beneficia a las más de 28.000 víctimas registradas en la capital casanareña, que requieren de este servicio para sus trámites ante la entidad”.
Pardo Alezones resaltó esta acción como un avance importante en la reactivación de todos los servicios que presta la Unidad, a pesar de las limitaciones ocasionadas por la pandemia en los últimos dos años.
Desde su apertura, en este punto de atención se han atendido más de 13.000 solicitudes relacionadas con la oferta estatal, trámites como ayuda humanitaria, indemnización, actualización de documentos, inclusión de núcleo familiar, entre otros.
Uno de ellos es el señor Miguel Ángel Viáfara Caicedo víctima del conflicto quien acudió recientemente para realizar un trámite personal: “Vine averiguar lo de la indemnización y me fue muy bien, me atendieron muy bien. También hice otros trámites como el de la salud porque aparecía contributivo y yo soy subsidiado porque soy vulnerable y eso lo solucioné aquí gracias a Dios”.
Con esta reapertura, el departamento de Casanare tiene habilitados en atención presencial completa en los tres puntos de atención a víctimas ubicados en Paz de Ariporo, Villanueva y Yopal.