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El Consejo de Estado puso fin a la controversia suscitada en 2023 por el nombramiento de Doris Bernal Cárdenas, como directora de la Corporación Autónoma Regional de la Orinoquia, Corporinoquia, para el periodo 2024 – 2027.

En fallo de 36 folios la autoridad judicial analizó desde todos los prismas jurídicos posibles, la demanda interpuesta por la veeduría de la transparencia y el mérito en la elección del director de Corporinoquia. 

En este orden de ideas del Consejo de Estado analizó el “marco normativo de la elección del director general de las corporaciones autónomas regionales (CAR).  Trámite de las recusaciones contra el consejo directivo. 

Condiciones para modificar el cronograma y reanudar convocatoria suspendida. Prohibición de tercera reelección del director general. Efectos de los fallos de nulidad electoral”.

También tuvo en cuenta los argumentos de las dos partes inmersas en el proceso, así como la versión de la Corporación y la Gobernación de Casanare.

En el análisis hecho por el Consejo de Estado el problema jurídico en establecer “si la elección demandada incurrió en infracción normativa y expedición irregular, por las siguientes censuras:

1)  Elección por tercera vez de la señora Doris Bernal Cárdenas como directora general de CORPORINOQUÍA.

2)  Indebido trámite de las recusaciones contra los electores.

3) Falta de expedición y publicación de un acto administrativo que modificara el cronograma, al menos cinco días antes de la sesión convocada para la elección.

4)  Elección de la demandada en una sesión ordinaria.

5)  Participación del representante de las comunidades negras en el Consejo Directivo, no contemplado en los estatutos de la corporación. 

6) Vulneración del derecho a elegir de los miembros del Consejo Directivo de CORPORINOQUÍA que no asistieron a la sesión del 8 de noviembre de 2023, en la que se llevó a cabo la elección acusada”.

A la postre “la Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad de la elección de la señora Doris Bernal Cárdenas como directora general de la Corporación Autónoma Regional de la Orinoquía (CORPORINOQUÍA), para el período 2024-2027”.

Par la autoridad judicial en el proceso de elección se incurrió en algunos errores. “La Sala advirtió que el acto acusado fue expedido sin tramitar previamente las recusaciones presentadas contra los integrantes del Consejo Directivo de la corporación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 1437 de 2011 y en el acuerdo que reguló la convocatoria.

Adicionalmente, consideró que el órgano colegiado debió expedir y publicar un acto administrativo para modificar la fecha de la sesión para elegir, luego de haber sido levantada la suspensión del cronograma por el juez de tutela, en lugar de reanudarlo a través de una citación remitida exclusivamente a los electores.

Conforme a lo decidido, se modularon los efectos de la nulidad declarada en la providencia, en el sentido de retomar el procedimiento desde la etapa de elección, que deberá iniciar con el trámite de las recusaciones, de acuerdo con las disposiciones legales y el reglamento”.

Así mismo, el Consejo de Estado ordenó retomar el proceso de elección. “MODULAR los efectos de la nulidad declarada en esta providencia, a fin de que el órgano competente retome el procedimiento de elección del director general de  CORPORINOQUÍA, desde  la  etapa  13  del  cronograma  adoptado mediante Acuerdo Acuerdo 200.3.2.23-003 del 1º de septiembre de 2023 relativa a la «Elección del Director General», la cual deberá iniciar con el trámite de las recusaciones, de acuerdo con las disposiciones legales y del reglamento”.

Para algunos sectores políticos la nulidad del proceso de elección de la directora de Corporinoquia, representa un victoria del actual gobernador César Zorro, en el pulso que sostenía con el senador Alirio Barrera, por el manejo de la Corporación.

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Casanare es el departamento que acumula la mayor cuantía de fallos con responsabilidad fiscal, con $120 mil 93 millones entre 2014 y 2020, según el Segundo Informe de Hallazgos del Instituto Anticorrupción, Cero Impunidad emitido este mes. Los departamentos de Meta con $97 mil 600 millones de Arauca con $47 mil 300 millones, le siguen a Casanare.

El departamento de Tolima es el departamento en que se han declarado la mayor cantidad de fallos por responsabilidad fiscal entre 2014 y 2020, mientras que los departamentos de Meta, Casanare y Arauca son los que presentan la mayor cuantía de detrimento patrimonial acumulada.

Entre 2014 y 2020, la Contraloría General de la Nación en Colombia profirió 2.121 fallos de responsabilidad fiscal. De los cuales, 52% declaran responsabilidad, 45% son fallos sin responsabilidad y 3% son mixtos. El monto de los fallos con responsabilidad fiscal asciende en total a 1,14 billones de pesos.

El Informe de Hallazgos centra su análisis en el desempeño institucional de tres entidades públicas: la Corte Suprema de Justicia, en los casos contra aforados constitucionales en el marco de las investigaciones adelantadas por “parapolítica”; el Consejo Superior de la Judicatura, enfocando la atención en los datos sobre desempeño judicial en procesos penales que han tenido por objeto la investigación y sanción de delitos cometidos contra la administración pública y la participación democrática; y la Contraloría General de la República, en los juicios de responsabilidad fiscal.

 

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