Miércoles, 29 Junio 2016 19:00

Personería de Chámeza ganó tutela a Cafesalud por atención inoportuna a gestante

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El personero del municipio de Chámeza, Norberto Martinez, interpuso acción de tutela a las Eps Cafesalud y Red salud a petición de la señora Sandra Milena Calderón, quien se encuentra en estado de gestación y ha visto vulnerados sus derechos fundamentales a la salud y la vida, por la no prestación de los servicios por parte de dichas entidades.

Según Sandra Milena quien tiene 22 semanas de gestación, le han negado el servicio en varias oportunidades debido a que la Eps Cafesalud tiene pagos pendientes con Red Salud Casanare-Centro de Salud de Chámeza.

En el auto de la tutela la futura madre manifiesta que se ha visto afectada por esta situación ya que le ha tocado pagar citas particulares para sus controles y análisis prenatales y se ha tenido que desplazar hasta Yopal para realizar dichos exámenes de laboratorio.

 

 

 

 

Los principales fundamentos jurídicos se reseñan teniendo en cuenta que cuando se da la negación al derecho a la salud se pone en riesgo el derecho fundamental a la vida, y a la vida en condiciones dignas, por ello se configura la posibilidad de reclamar vía acción de tutela la protección de éste derecho y también en que la Constitución Política ha consagrado una especial e integral protección a la mujer embarazada, durante todo el periodo de gestación y hasta después del parto (CP, art 43), ampliando el margen de protección a la criatura que está por nacer con la priorización de los derechos del niño (CP, art 44).

Por su parte Red  Salud refirió en la contestación de la tutela que en el curso de la misma se contrataron los servicios que requiere la accionante y que le corresponde a Cafesalud restituir los pagos que  ha realizado la gestante para exámenes y procedimientos que no le fueron brindados oportunamente.

Siendo así las cosas por medio de sentencia 00056 del 28 de junio del 2016 el Juzgado Primero Civil del Circuito de Yopal resuelve en primera instancia conceder dicha acción de tutela y ordena que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación del fallo las Eps Red Salud y Café Salud, procedan con diligencia y garanticen el servicio médico que requiera la paciente. De igual forma, ordena al Gerente de Cafesalud Francisco Moreno Gallego a cancelar a la accionante los dineros  que gastó en servicio médico y de laboratorio particular.

Esta sería la primera tutela en la historia realizada por Personería de Chameza.

Leído 👁️ 1547 vistas Veces Última modificación el: Jueves, 30 Junio 2016 09:54