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Un juez penal de conocimiento impuso una sentencia de 57 años y 2 meses de prisión a Wilson Alexander Prado Cabezas, tras aceptar las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación que lo señalaron como responsable de secuestrar y abusar sexualmente de al menos nueve mujeres en el Valle del Cauca entre julio y noviembre de 2022.

Según la Fiscalía, el condenado contactaba a las víctimas a través de plataformas digitales, concertaba citas con ellas o les ofrecía transporte en motocicleta.

Una vez las recogía, las llevaba con engaños a zonas apartadas de Cali, Palmira, Candelaria y Jamundí, donde las amenazaba de muerte, las agredía físicamente, les robaba sus pertenencias y las sometía a vejámenes sexuales.

Las mujeres afectadas tenían edades entre los 20 y los 40 años. Durante la investigación, dirigida por un fiscal especializado de la Seccional Cali, se estableció que en algunos casos las mantuvo retenidas por varias horas y exigió a sus familiares pagos de rescate que iban desde los 3 hasta los 3.000 millones de pesos.

El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses practicó exámenes periciales y comparaciones de ADN a las víctimas, los cuales determinaron una coincidencia del 99,99 % con el perfil genético de Prado Cabezas.

La sentencia de primera instancia lo halló responsable de los delitos de secuestro extorsivo agravado, acceso carnal violento agravado, hurto calificado y agravado, y extorsión agravada. Además, le impuso una multa de 43.999 salarios mínimos legales mensuales vigentes y ordenó que la pena sea cumplida en un centro penitenciario.

Prado Cabezas fue capturado en diciembre de 2022 en el barrio Laureano Gómez de Cali, en un operativo conjunto del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía, el Ejército Nacional y la Policía Nacional.

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Un juez penal de conocimiento condenó a Daniel Josué Zambrano Cáceres a 45 años de prisión tras aceptar los cargos por abusar sexualmente de una niña de 9 años, causarle la muerte y ocultar su cuerpo.

Los hechos ocurrieron el 16 de enero de 2025. Zambrano Cáceres abordó a la menor en vía pública en Chiquinquirá (Boyacá), la trasladó en un vehículo a Nariño (Boyacá), la agredió sexualmente, la asfixió y arrojó el cuerpo al río Minero. El cadáver fue recuperado por las autoridades cinco días después.

El vehículo utilizado fue localizado en un taller de latonería y pintura. Las inspecciones realizadas por policía judicial hallaron fluidos biológicos y otros elementos que fueron analizados por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

La Fiscalía General de la Nación, con apoyo del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) y la Sijin de la Policía Nacional, presentó las pruebas que sustentaron la condena por los delitos de feminicidio agravado, desaparición forzada y acceso carnal abusivo.

Además de la pena privativa de la libertad, Zambrano Cáceres recibió una inhabilidad de 20 años para el ejercicio de derechos y funciones públicas. La sentencia quedó en firme al no presentarse recursos por ninguna de las partes.

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Un juez de la República dictó sentencia contra Juan Manuel Sánchez López, condenándolo a 35 años y 10 meses de prisión por el homicidio agravado de su progenitora.

El trágico suceso ocurrió el 18 de junio de 2023 en Yopal, dentro de la residencia familiar ubicada en Torres de San Marcos.

Según la investigación, Sánchez López, quien tenía 28 años al momento de los hechos, le causó la muerte a su progenitora por asfixia mecánica en medio de un episodio de violencia intrafamiliar.

Vecinos alertaron a las autoridades tras presenciar una agresión en curso; sin embargo, al llegar la Policía al lugar, la víctima ya había fallecido.

Además de la pena privativa de la libertad, la condena incluye una inhabilitación de 20 años para ejercer derechos y funciones públicas, sin posibilidad de beneficios o sustitución de la pena.

Esta decisión, dictada en primera instancia, aún está sujeta a recursos de ley, pero representa un avance judicial significativo en uno de los casos más dolorosos registrados en la ciudad, reafirmando que la violencia intrafamiliar es un delito grave con severas consecuencias.

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El Tribunal Superior de modificó el fallo absolutorio de primera instancia y condenó al exintegrante de la Policía Nacional, Didier Augusto Cabrera Díaz, a 16 años y 8 meses de prisión por acceso carnal abusivo agravado con menor de 14 años.

La decisión judicial es consecuencia de la apelación interpuesta por la Fiscalía General de la Nación.

Según el boletín del ente investigador, los hechos ocurrieron en enero de 2015, cuando el entonces sargento Cabrera Díaz, era subcomandante de la estación de Policía de Pore.

El suboficial inició contacto con una niña de 13 años, la invitó a salir y la llevó a una cabaña fuera del municipio, donde cometió el delito. Posteriormente, se conoció que la víctima quedó embarazo, producto de esta situación.

La condena incluye inhabilitación para ocupar cargos públicos por el mismo lapso, y el Tribunal negó la suspensión condicional de la pena y la prisión domiciliaria. Contra la decisión procede recurso de casación.

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Un juez de Villavicencio dictó una sentencia de 48 años de prisión contra un hombre que fue hallado culpable del homicidio agravado de su hija de tres años, en un caso que estremeció a la comunidad de La Macarena, en el departamento del Meta.

El fallo se basó en las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación, y fue interpretado como una respuesta firme del sistema judicial ante la violencia intrafamiliar.

El crimen ocurrió el 13 de septiembre de 2023, cuando el agresor llegó al caserío La Sombra junto a su pareja y la menor. Se hospedaron en un alojamiento rural, y en la madrugada, el hombre atacó a la niña con un arma cortopunzante, causándole heridas mortales en el cuello.

Aunque fue trasladada a un centro asistencial, la menor falleció debido a la gravedad de las lesiones.

La decisión judicial negó cualquier beneficio como la prisión domiciliaria o la suspensión condicional de la pena, por lo tanto, el condenado de quien no se reveló su identidad, deberá cumplir la sentencia en un establecimiento carcelario.

El fallo fue emitido corresponde a una primera instancia, y la defensa quedó habilitada para interponer los recursos legales correspondientes.

Más allá del castigo, el caso fue considerado un llamado urgente a reforzar los mecanismos de protección infantil, especialmente en zonas rurales donde el acceso a servicios de prevención y atención es limitado.

La condena envió un mensaje claro: los niños y niñas son sujetos de especial protección constitucional, y cualquier agresión contra ellos será enfrentada con todo el peso de la ley.

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Un escalofriante caso de feminicidio reveló la Fiscalía General de la Nación. El ente investigativo indicó que el caso ocurrió en la ciudad de Medellín.

Según el reporte oficial, el autor de este crimen, identificado como Rafael Ramiro Vanegas Muñoz, cumplió con la amenaza de quitarle la vida a su pareja sentimental, en hechos ocurridos el 18 de febrero de 2023.

El agresor una vez cometió el crimen, tomó el cuerpo de su víctima y lo lanzó a una quebrada que pasa cerca del barrio Robledo, en la capital antioqueña.

Igualmente, la Fiscalía mencionó no se trató de un hecho aislado, por el contrario, la mujer venía siendo sometida a un ciclo de violencia física y psicológica por parte de Vanegas Muñoz. La publicación oficial no señaló si existía alguna denuncia previa por violencia intrafamiliar.

Como consecuencia de este acto violento, el ente investigador manifestó que un juez penal de conocimiento condenó a Rafael Ramiro Vanegas a 55 años de prisión, por los delitos de feminicidio agravado y desaparición forzada.

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En cumplimiento de una orden judicial, la Policía Nacional capturó en el municipio de Maní a un hombre de 58 años, requerido para cumplir condena por el delito de actos sexuales con menor de catorce años agravado.

El procedimiento se llevó a cabo en el barrio El Carmen, durante una solicitud rutinaria de antecedentes.

Al verificar su documento de identidad, los uniformados confirmaron la vigencia de una orden de captura emitida por el Juzgado Promiscuo del Circuito con funciones de conocimiento.

El detenido fue puesto a disposición de la autoridad competente, donde se iniciará el proceso correspondiente para el cumplimiento de la condena.

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El Tribunal Superior de Valledupar dejó en firme la condena de 60 años de prisión contra Yuberlys Bermúdez Rubiano, Isaías Peña Oliveros y William Castro Torrado, responsables del violento ataque a la sede de la Registraduría Nacional en el municipio de Gamarra, Cesar, ocurrido el 28 de octubre de 2023.

Durante el asalto, varios ciudadanos irrumpieron en el edificio en medio de golpes y agresiones, y posteriormente le prendieron fuego. El hecho dejó como saldo la muerte de una funcionaria de la entidad y seis personas heridas.

Planeación y ejecución del ataque

Según la investigación adelantada por la Fiscalía, Isaías Peña Oliveros y su esposa, Yuberlys Bermúdez Rubiano, ocultaron y transportaron una pimpina de gasolina en un coche de bebé.

El combustible fue entregado a William Castro Torrado y otros dos hombres, quienes lo rociaron en el inmueble antes de iniciar el incendio.

Las pruebas recaudadas permitieron establecer la responsabilidad directa de los implicados en el crimen, lo que llevó a la imposición de la máxima pena contemplada por la legislación colombiana.

Reacción institucional

La Registraduría Nacional rechazó en su momento el ataque y reiteró su compromiso con la protección de sus funcionarios y el fortalecimiento de la democracia.

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Un juez de Cali sentenció a Jeanklin José Zurita Cortez a 27 años y dos meses de prisión por su participación en un ataque armado que dejó tres muertos y siete heridos en una discoteca del barrio Bonanza, en Jamundí, Valle del Cauca, el pasado 16 de febrero.

La Fiscalía General de la Nación demostró que Zurita Cortez, junto con dos hombres más, llegó en un vehículo al establecimiento y abrió fuego de manera indiscriminada contra los asistentes.

Las autoridades capturaron al, ahora, condenado en flagrancia, minutos después del hecho, en la vía hacia Villa Rica, Cauca. Durante el operativo, se incautaron el arma de fuego, las municiones y el vehículo utilizados en el crimen.

El fallo condenatorio incluye los delitos de homicidio agravado, tentativa de homicidio agravado y fabricación, tráfico o porte de armas de fuego, accesorios, partes o municiones.

El juez negó la posibilidad de suspensión de la pena o prisión domiciliaria para el sentenciado.

La investigación, que culminó con un preacuerdo entre la Fiscalía y Zurita Cortez, permitió esclarecer los hechos ocurridos en el establecimiento comercial, donde las víctimas fueron atacadas sin motivo aparente, según las autoridades.

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Un juez de la República condenó a 44 años de prisión a Kilver Alfonso Mariño Ávila, señalado como responsable del feminicidio de Mildre Carolina Rojas Rojas, ocurrido el 5 de noviembre de 2024 en el municipio de Maní, Casanare.

La víctima, una mujer de 38 años, fue asesinada mientras cumplía con sus labores diarias. El hecho generó indignación en la comunidad y volvió a poner sobre la mesa la persistencia de la violencia contra las mujeres en la región.

Durante el proceso judicial, que se extendió por ocho meses, la hija mayor de Mildre asumió la representación de la familia, al no contar con abogado propio. Con el apoyo de la Fiscalía, logró llevar el caso hasta una sentencia que contempla agravantes por feminicidio y violencia basada en género.

Al conocer el fallo, la joven expresó que la lucha no fue por venganza, sino por justicia para su madre y hermanas menores. La decisión judicial fue vista como un paso importante en la defensa de los derechos de las mujeres y un llamado a no dejar impunes este tipo de crímenes.

La condena refuerza el mensaje institucional de rechazo frente a la violencia de género y busca dar respuesta a las familias que siguen esperando justicia.

 

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