Casanare deberá realizar concurso de méritos para empleos públicos: CNSC
Escrita por Casanare Noticias
A partir del segundo semestre del presente año la Gobernación de Casanare y las Alcaldías del departamento, deberán abrir una convocatoria para cargos de carrera administrativa o empleos públicos de carrera a través de concurso de méritos, con excepción de los empleos de libre nombramiento, remoción y los de elección popular, según lo estipula la constitución Política de Colombia y la circular 17 del 2017 emitida por la Procuraduría General de la Nación.
Esta información se conoció durante la jornada de Sensibilización y Formación organizada por la Gobernación de Casanare, Alcaldía de Yopal, Asomeritos y la Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC, quienes trataron como tema principal “la importancia del mérito y la transparencia en la carrera administrativa del sector público”, fue en esta actividad, donde Frídole Ballén Duque, comisionado de la CNSC para la región de la Orinoquía, resaltó la importancia de aplicar esta convocatoria en Casanare.
Para los interesados, este año se realizará la inscripción al proceso de convocatoria, se darán a conocer los empleos con sus respectivos perfiles (requisitos de estudio, experiencia, funciones y salarios de cada cargo) y en el 2019 serán las pruebas escritas y la valoración de los requisitos.
Así mismo, el Comisionado aclaró que se realizará una convocatoria agrupada en todos los municipios, por lo tanto, los aspirantes solo podrán participar para un empleo, sin darle la oportunidad que se presenten en varios lugares.
Según Ballén Duque, “en Casanare aproximadamente el 70% de la planta no ha sido sometida a concurso, es decir que los empleos se están ocupando por servidores públicos que han sido nombrados en provisionalidad. Por lo tanto, desde hace 15 años los cargos de planta en las Administraciones Municipales ni Departamental se han sometido a una convocatoria pública”.
Ante esta medida, tanto el gobernador de Casanare como los alcaldes de cada municipio están obligados a realizar esta convocatoria, en caso de no hacerla, “se van a ver abocados a investigaciones con fines sancionatorios de la Procuraduría y la Comisión, no es si quieren, es que les toca”, recalcó el Comisionado.
De otra parte, se dio a conocer que las personas pre-pensionadas o que están cerca de la pensión de jubilación, hombres y mujeres cabeza de hogar o personas en condición de discapacidad, de acuerdo a como lo dispone la Constitución no hay ninguna de estas condiciones subjetivas oponibles al concurso. La única protección que prevé la ley es para las mujeres durante la época de gestación y la licencia de maternidad, pero vencido ese periodo, si la mujer en embarazo no quedó en primer lugar de posición al mérito, será reemplaza por el primer lugar de la lista de elegibles.
Lo anterior no se considera una reestructuración a la planta, sino que se modificarían los manuales de funciones de acuerdo a la necesidad de la entidad y perfiles. Finalmente, resaltó la CNSC que nadie se puede comprometer a garantizar la conservación del empleo, sino que cada quien lo conserva de acuerdo a los méritos dentro del concurso.
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