Domingo, 25 Marzo 2018 21:25

Contra viento y marea César Figueredo seguirá siendo Personero de Yopal hasta 2020

Escrita por
Califica esta noticia
(0 votos)

 

Por: Martha Cifuentes

Con un sorprendente fallo de segunda instancia del Consejo de Estado, el personero de Yopal César Figueredo, se atornilló a su cargo luego de que se revocara la decisión del Tribunal Administrativo de Casanare que inicialmente declaró nula su elección luego de un polémico concurso realizado por Unitrópico en 2016.

La providencia fue emitida el pasado 22 de marzo por la Sección Quinta del Consejo de Estado ante las demandas interpuestas por el exconcejal de Yopal, César Ortiz, concejales activos Juan Vicente Nieves y Heyder Alexander Silva y los abogados Miguel Alfonso Figueredo y Óscar Beltrán Pérez, quienes se mostraron en desacuerdo por la forma en que se había elegido al Personero en diciembre de 2016.

http://casanarenoticias.com/images/2018%20folder/marzo/1-FALLO%20CONSEJO%20DE%20ESTADO%20PERSONERO%20DE%20YOPAL%20-%20MARZO%2022%20DE%202018%20-%20RESUELVE%202.jpg

Para los demandantes el concurso presentó fallas relacionadas con la ausencia de cadena de custodia, la omisión de aspectos básicos como el control de la identificación de los concursantes y la entrega de sobres sellados sin rigurosidad, durante la frustrada evaluación prevista para el 4 de diciembre de ese año, en la que los concursantes se negaron a presentar la prueba; igualmente se crítico que esto obedecía a que el concurso ya tenía un ganador predefinido;  Finalmente se cuestionó la modificación que hiciera el Concejo de Yopal y Unitrópico al cronograma del concurso cuando según ellos debió haberse anulado y reiniciar uno nuevo.

Frente a esto inicialmente el Tribunal Administrativo de Casanare en fallo del  6 de septiembre de 2017 declaró nula la elección realizada. Consideró que no hubo garantías en la elección del personero por la inexistencia de la cadena de custodia de las pruebas escritas y la omisión en el control de la identificación de los concursantes, entre otras; que se modificaron las reglas del concurso que ante la no realización de las pruebas debió haber declarado desierto el concurso y no una simple modificación al cronograma como se hizo; También se expresó que hubo irregularidad al momento de calificar la hoja de vida del concursante ganador a quien se le atribuyó mayor puntaje que el contemplado en la resolución de convocatoria del concurso. Es decir, se vulneró el debido proceso y los principios de mérito, objetividad, transparencia e imparcialidad, en las pruebas realizadas el 4 y 12 de diciembre de 2016 que dieron como resultado la elección del personero César Figueredo Morales, el 30 de diciembre de ese año.

http://casanarenoticias.com/images/2018%20folder/marzo/6-FALLO%20CONSEJO%20DE%20ESTADO%20PERSONERO%20DE%20YOPAL%20-%20MARZO%2022%20DE%202018%20-%20PORTADA.jpg

Este fallo fue apelado por el Concejo Municipal de Yopal y el demandando personero de Yopal, César Figueredo, quienes manifestaron que hubo saboteo y complot por parte de algunos concursantes para impedir la realización de la prueba escrita y por ende, del concurso. Descartaron fallas en la cadena de custodia y favorecimiento al candidato ganador.

Polémico pronunciamiento del Consejo de Estado

Luego de revisar el fallo de primera instancia y hacer el análisis de las pruebas y testimonios de los testigos, el Consejo de Estado expresó que si bien no existió el debido manejo de la cadena de custodia, “la Sala no puede desconocer que, en la práctica, la prueba establecida para el 4 de diciembre de 2016 no se surtió y que el análisis de cadena de custodia se limitó a los hechos acaecidos en esa fecha”.

De las medidas de seguridad para la práctica de la prueba de conocimientos y competencias laborales, afirma que “estuvo precedida de fallas en el deber de cuidado respecto de los cuadernillos y las hojas de respuestas y también en lo referido a la identificación de los concursantes en procura de evitar suplantación”. Sin embargo afirma que “como en realidad las pruebas programadas (…) no se realizaron, la Sala encuentra que las mismas no tienen la incidencia suficiente para anular la elección que se demanda”.

Con respecto a la supuesta ilegalidad de continuar el concurso, el Consejo de Estado argumenta que el hecho que impidió que la universidad Unitrópico realizara las pruebas fue un asunto de fuerza mayor o fortuito porque los concursantes en forma premeditada y voluntariamente no quisieron presentar la prueba. Y refuerza afirmando que iniciar un nuevo trámite implicaba no realizar la necesaria elección del personero además de atentar con el erario. Por ello niega los reparos hechos por los participantes a la reformulación del cronograma y considera que bajo estas consideraciones el Concejo sí podía modificar las reglas de la convocatoria.

http://casanarenoticias.com/images/2018%20folder/marzo/2-FALLO%20CONSEJO%20DE%20ESTADO%20PERSONERO%20DE%20YOPAL%20-%20MARZO%2022%20DE%202018%20-%20CADENA%20DE%20CUSTODIA%202.jpg

De los cuestionamientos a la hoja de vida de César Figueredo, en las que el Tribunal Administrativo de Casanare, argumentó que la experiencia aportada por el demandado en varias certificaciones no cumplía los requisitos exigidos en la Resolución No. 133 de 2016; por tanto, “… no dan lugar a puntaje alguno”. Por conocimientos y experiencia que exceden los requisitos mínimos se le otorgaron 85 puntos, sin embargo, según la resolución 133 de 2016 solo tenía derecho a 30 puntos por dos especializaciones en derecho laboral, derecho tributario y derecho administrativo.

El Consejo de Estado para analizar este tema, argumentó que debe remitirse a la hoja de vida con soportes entregada en ese momento al Concejo pero realmente no se tiene la certeza de que ésta sea la misma que la presentada al momento de la inscripción o la remitida por el Personero encargado, por tanto no se puede estudiar este cargo.

En síntesis, se probó que no hubo cadena de custodia, identificación plena de concursantes, se dio más puntaje del debido al concursante ganador y único que pasó la evaluación hecha el 12 de marzo, en la cual hubo 14 preguntas anuladas; y se modificó el cronograma del concurso, pero esto no fue suficiente para que el Consejo de Estado ratificara la anulación de la elección del personero de Yopal, César Figueredo Morales.

http://casanarenoticias.com/images/2018%20folder/marzo/3-FALLO%20CONSEJO%20DE%20ESTADO%20PERSONERO%20DE%20YOPAL%20-%20MARZO%2022%20DE%202018%20-%20CADENA%20DE%20CUSTODIA.jpg

Datos del concurso

Noviembre 8 de 2016: Concejo Municipal de Yopal convocó mediante la Resolución No. 133 de fecha 8 de noviembre de 2016 el Concurso Público de Méritos para la elección de Personero (a) del Municipio de Yopal para el tiempo restante del periodo 2016-2020”. Contrató como operador de la convocatoria a la Fundación Universitaria Internacional del Trópico Americano “UNITRÓPICO

Diciembre 4 de 2016: Se intentó realizar la prueba escrita de conocimientos y competencias laborales pero ante las dudas presentadas de falta de cadena de custodia y medidas de seguridad del material de las pruebas, los concursantes se opusieron a realizarla. Ese mismo día el rector de Unitrópico, Oriol Jiménez, el presidente del Concejo Municipal, Fabio Suárez y el veedor Luis Alejandro Rincón levantaron un acta y reformularon el cronograma del concurso para darle continuidad al mismo.

Diciembre 12 de 2016: Se realizó la prueba de conocimiento. Solo se presentaron 6 concursantes de los 39 inicialmente inscritos. 2 participantes objetaron 14 preguntas mal formuladas y fueron excluidas de la evaluación. Solo un postulado aprobó la evaluación.

Diciembre 30 de 2016: Con un solo concursante que aprobó la evaluación el Concejo Municipal eligió al personero César Figueredo Morales.

Enero 2 de 2017: César Figueredo Morales se posesionó como personero de Yopal

Marzo 13 de 2017: Óscar Beltrán Pérez, César Ortiz Zorro, Juan Vicente Nieves González, Miguel Alfonso Pérez Figueredo y Alexander Silva García presentaron demanda de nulidad electoral contra el acto de elección del personero municipal de Yopal de fecha 30 de diciembre de 2016.

Marzo 27 de 2017: El Tribunal Administrativo de Casanare suspendió cautelarmente al personero elegido.

Julio 14 de 2017: Consejo de Estado revocó la suspensión del personero de Yopal César Figueredo, quien retorna a sus funciones.

Septiembre 6 de 2017: El Tribunal Administrativo de Casanare declaró nula la elección por transgresión de los principios de mérito, transparencia y objetividad. Igualmente, porque vulneró el debido proceso y los principios de mérito, objetividad, transparencia e imparcialidad, en las pruebas realizadas el 4 y 12 de diciembre de 2016.

Marzo 22 de 2018: La Sección Quinta del Consejo de Estado revocó el fallo inicial al minimizar las fallas presentadas en el concurso.

http://casanarenoticias.com/images/2018%20folder/marzo/4-FALLO%20CONSEJO%20DE%20ESTADO%20PERSONERO%20DE%20YOPAL%20-%20MARZO%2022%20DE%202018%20-%20CULPA%20DE%20LOS%20CONCURSANTES%201.jpg

Segunda elección de personero porque la primera se había anulado

Este segundo concurso para elegir personero de Yopal fue realizado luego de que mediante fallos judiciales del Tribunal Administrativo de Casanare (16 de mayo de 2016) y del Consejo de Estado (19 de septiembre de 2016) se anulara la elección de Juan Manuel Nossa, por violación al derecho de igualdad al solicitarse una especialidad específica no contemplada en la norma y que implicaba favorecer a uno de los candidatos.  

La situación originó el nombramiento de varios personeros en este periodo: Juan Gabriel Guarnizo, Aminta Arenas, César Figueredo Morales y cuando este fue suspendido fue nombrado Eliver Moreno Pacheco.

http://casanarenoticias.com/images/2018%20folder/marzo/5-FALLO%20CONSEJO%20DE%20ESTADO%20PERSONERO%20DE%20YOPAL%20-%20MARZO%2022%20DE%202018%20-%20FALLAS%20EN%20IDENTIFICACION%20DE%20CONCURSANTES%20-%201.jpg

 

 

 

 

 

Leído 👁️ 1042 vistas Veces Última modificación el: Domingo, 25 Marzo 2018 21:55