Alcalde objetó modificaciones del Plan de Desarrollo realizadas por el Concejo
Escrita por Casanare Noticias
Objeción por legalidad del acuerdo 01 del 30 de mayo del Plan de Desarrollo Municipal presentó el alcalde encargado Fredy Alexander Montoya por medio de escrito al Concejo Municipal de Yopal.
Dicha objeción se argumentó considerando, en primer lugar que el Concejo hizo algunas modificaciones al Plan de Desarrollo sin la autorización que requiere por parte de la ley 152 de 1994, además, que en el articulado se le retiró al proyecto de Acuerdo los instrumentos que ellos necesitan para la ejecución del plan y finalmente, que el Concejo entregó en forma extemporánea a la Administración, el proyecto aprobado para la revisión y sanción por parte de la Alcaldía de Yopal.
Así las cosas, el Concejo deberá formar una Comisión Accidental que estudie las objeciones para determinar si son o no infundadas (o injustificadas) . “Si la comisión determina que son infundadas se devolverá el proyecto al Alcalde para que él mismo determine si acepta lo que dice el Concejo o si le da tramite al Tribunal Administrativo para que decida la situación. Si las objeciones no son infundadas el Concejo tendrá que hacer las modificaciones que hubiese lugar para subsanarlas” indicó el presidente del Concejo, Fabio Suárez.
El artículo 40 de la ley 152 estipula que toda la modificación que se haga al Plan de Desarrollo tiene que llevar el visto bueno de la Alcaldía, pero la Administración Municipal no aceptó las modificaciones, considerando que hay presunción de ilegalidad en el trámite del acuerdo.
“Los planes de desarrollo tienen partes generales o mecanismos de ejecución donde el alcalde solicitó autorizaciones de concesiones, reestructuración y estas autorizaciones son resorte exclusivo del Concejo y para que el corporado autorice se debe tener unos requisitos por eso se solicitó sacar esos artículos considerando que los mismos rompían con una unidad de materia del Plan de Desarrollo” argumentó el concejal Suárez.
El Concejo Municipal tiene cinco días para dar pronunciamiento al tema y la Administración tendría un plazo de diez días para verificarla y decidir si lo sanciona o le da trámite al Tribunal.
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