En fallo de segunda instancia, el Consejo de Estado a través de una Acción Popular que pretendía proteger las zonas de reserva natural, de la laguna “El Tinije”, interpuesta por la concejal maniceña, Nohora Saavedra y la diputada Sonia Bernal, determinó prohibir las actividades sísmicas en el Distrito de Manejo Integrado de la laguna y el caño El Tinije, así como las zonas de reserva natural y patrimonio ecológico declaradas por los municipios de Maní y Aguazul. Los límites fueron direccionados por Corporinoquia.
En este orden, Corporinoquia deberá en un término de seis meses, expedir el Plan de Manejo Integrado del caño y la laguna “El Tinije”.
La acción popular se instauró el 12 de marzo de 2012 ante el Tribunal Administrativo de Casanare, manifestando el riesgo al que se exponía la flora y fauna del sector, ante la actividad sísmica.
Pretensión que fue amparada y ratificada por el Tribunal Administrativo de Casanare a través del Magistrado Nelson Figueroa Burbano en fallo proferido el 14 de noviembre de 2012;dicha decisión fue apelada ante el Consejo de Estado por el ANLA, Ministerio de Medio Ambiente, Coporinoquia y multinacionales.
Finalmente, el consejo de Estado en fallo de segunda instancia ratificó la decisión del Tribunal Administrativo de Casanare, donde manifiesta que en efecto se demostró que existió amenaza o riesgo contingente para el medio ambiente en la zona donde se ubica la Laguna “El Tinije”.