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Lunes, 26 Marzo 2018 09:43

Acabar o no con la Ceiba en manos del Alcalde y el Concejo de Yopal

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 Por: Martha Cifuentes

La Alcaldía y Concejo de Yopal tendrán que definir si la Eice Ceiba continúa o se acaba, así lo determinó en fallo de segunda instancia el Tribunal Administrativo de Casanare. Tienen 4 meses para determinarlo, 2 para implementar la decisión y mientras tanto, cautelarmente, se suspende todo tipo de contratación de personal y bienes y servicios en la empresa que administra cinco activos municipales.

Esta providencia se produce ante la apelación hecha al fallo del Juzgado Segundo Administrativo de Yopal del pasado 25 de octubre de 2017 en relación a la acción popular interpuesta por Leonardo Puentes, ahora alcalde de Yopal, hace cerca de dos años y en la que cuestionó la aprobación del acuerdo 16 del 2 de diciembre de 2015 mediante el cual se autorizó la creación e implementación de la EICE Ceiba.

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Lo que dijo el fallo inicial

En el fallo del Juzgado 2° Administrativo se consideró que es irregular como la Ceiba ha venido ejerciendo sus funciones porque no se han transferido legalmente los activos del municipio a la empresa; tampoco existía soporte jurídico que le permitiera a la Ceiba administrar los bienes del municipio, recaudar y disponer de rentas públicas por su prestación y, la clara exposición del patrimonio estatal a contingencias que puedan causar daños por la entrega irregular de los servicios a la empresa.

Por ello ordenó cautelarmente suspender toda operación, actuación, gestión administrativa y ejecución contractual por parte de Ceiba, relativa a los servicios públicos de terminal de transporte, alumbrado público, cementerio municipal, planta de beneficio animal, relleno sanitario y parque de las aguas.

También ordenó adoptar medidas definitivas a la problemática para lo cual debía analizarse la viabilidad de Ceiba, en términos legales como de conveniencia de sus existencia y funcionamiento. Si se da la viabilidad hacer la transferencia legal de los activos y si no liquidarla.

Lo que dice el fallo definitivo del Tribunal Administrativo de Casanare

Para el Tribunal, técnicamente los inmuebles relacionados con los servicios transferidos del municipio a la Eice Ceiba por la Alcaldía de Yopal no fueron transferidos, porque 1) los actos administrativos no se han registrado en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Yopal y 2) porque no se corrieron los instrumentos públicos que pueden constituir el título que transfiera esos derechos reales para dar paso al modo de rigor según el Código Civil

El presidente del Tribunal Néstor Trujillo, dijo que el fallo establece que a partir del día siguiente a la notificación de la sentencia se debe suspender todas las actuaciones administrativas de Ceiba orientadas a contraer nuevas obligaciones contractuales o laborales, sea cual fuere el estado de los trámites previos  para operar, administrar o disponer de cualquier titulo de los cinco servicios públicos de la planta de beneficio animal, cementerio, alumbrado público, terminal de transporte y futuro parque de las aguas.

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Igualmente dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación del fallo, la Junta Directiva de Ceiba, su representante legal y alcalde de Yopal deben adoptar las determinaciones de sus competencia para garantizar la continuidad de la prestación de los servicios públicos, bajo el esquema de transición que defina la Alcaldía, con estricto control de ingresos y gastos de todas las actividades que se requieran y lo cual no podrá exceder de 4 meses.

También se ratificó y amplió en acciones y plazo lo determinado, en relación a la evaluación integral de la viabilidad técnica, administrativa, financiera y legal de preservar la vida jurídica de Ceiba y de transferir a ella todos los 5 servicios públicos domiciliarios aludidos. Deberá sustentarse con estudios comparativos que entidad es más eficiente o eficaz, si la Alcaldía o Ceiba, para administrar los activos.

También debe adoptarse el diseño organizacional definitivo para el funcionamiento de los servicios públicos. Igualmente si se encuentra defectuosa la configuración legal del proceso de creación y puesta en funcionamiento de Ceiba, deberá sanearse o sustituir los actos irregulares.

Si el diagnóstico de la Ceiba determina que debe extinguirse se deberá diseñar un plan de acción para atender la contingencia, resolver los conflictos contractuales y laborales que se susciten y garantizar el cumplimiento de los servicios.

Para surtir las actuaciones preparatorias y tomar decisiones de fondo la Alcaldía, y Concejo tendrán 4 meses y para que Yopal ejecute dichas decisiones se dispondrá de 2 meses más. Si se define la liquidación deberá actuarse acorde a la ley para este tipo de medidas.

El accionante Leonardo Puentes, ahora alcalde de Yopal, celebró este pronunciamiento porque considera le traza una hoja de ruta clara dentro del proceso para definir la situación de fondo de la Eice Ceiba y de la cual desde un principio ha sido muy crítico.

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Aspectos a tener en cuenta

Acción popular: Por presunta vulneración de los derechos colectivos de moralidad, patrimonio público, seguridad y salubridad públicas y participación ciudadana, entre otros, en relación a la aprobación del acuerdo 16 del 2 de diciembre de 2015 que permitió crear la Eice Ceiba.

Demandante: Leonardo Puentes

Demandados: Municipio y Concejo de Yopal

Primera instancia: Juzgado 2° Administrativo de Yopal – 25 de octubre de 2017

Segunda instancia: Tribunal Administrativo de Casanare – 22 de marzo de 2018

 

 

Leído 👁️ 1080 vistas Veces Última modificación el: Lunes, 26 Marzo 2018 10:02

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